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Conozca los 10 cambios que aplican los Comprobantes Electrónicos versión 4.4

Lunes, 22 Septiembre 2025, Tammy González

Comprobantes electrónicos 4.4 obligan a indicar cuando los pagos se realizan vía sinpe móvil en las facturas.

El SINPE Móvil es uno de los medios que más utilizan los costarricenses para realizar pagos de los bienes y servicios que adquieren.

Desde el pasado 1 de setiembre el Ministerio de Hacienda puso en marcha la nueva versión de Comprobantes Electrónicos versión 4.4, que modifica los requerimientos de información que se solicitan en los comprobantes, incluyendo la obligación de indicar el medio de pago, entre estos se destaca la inclusión del SINPE Móvil y la plataforma digital.

Cambios en la factura

De acuerdo con Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos “Las modificaciones que presentarán los comprobantes electrónicos principalmente están relacionadas con la estructura del documento electrónico y la información de los datos que se aportan de la transacción”.

Dentro de los principales cambios de la nueva versión 4.4 están:

1-Incluye el espacio de “Proveedor de Sistemas” para identificar los sistemas de emisión de comprobantes electrónicos. El proveedor de sistemas debe estar inscrito ante la Administración Tributaria.
2-Agrega el “Recibo Electrónico de Pago”, que representa el pago de un comprobante a crédito, específicamente para servicios prestados al Estado y para las ventas de crédito en Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta 90 días.
3-Se requiere factura electrónica para servicios transfronterizos, por lo cual se realiza un ajuste en el espacio “Tipo de identificación del emisor” para la factura electrónica de compra, incluyendo los tipos “Extranjero No Domiciliado” y “No Contribuyente”.
4-Incluye en “Condiciones de la Venta”, nuevas opciones, como, por ejemplo; “Venta de Mercancía No Nacionalizada”.
5-Presenta nuevos medios de pago, como el SINPE Móvil y plataforma digital.
6-Realiza modificaciones en “Código de la tarifa del IVA”, por ejemplo: el código 11 Tarifa 0% sin derecho a crédito, que se utilizará únicamente en aquellos casos en los que se registre la transacción de un bien o servicio no sujeto, pero que no otorga derecho a crédito.
7-Para las “Notas de Crédito y Débito” será obligatorio el código CAByS, cuando la misma se encuentre ligada a un comprobante electrónico que contenga código CAByS.
8-Incluye “Tipo de Transacción”, para el caso de transacciones con tratamientos tributarios específicos, según la necesidad de las partes, por ejemplo, se puede indicar el tipo de transacción “Mercancía de autoconsumo exento o gravado”.
9-Integra nuevas condiciones para los contribuyentes que utilicen el código CAByS de combos/surtidos/paquetes. Es importante recordar que estos códigos se actualizan periódicamente por el Banco Central, por lo cual las empresas deben revisar si se han dado cambios que le afecten.
10-El espacio “Naturaleza del descuento”, es de condición obligatoria con esta nueva versión con más de nueve opciones.

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