Próximos feriados de pago obligatorio: Conozca las fechas y regulaciones
El Código de Trabajo establece que todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar del feriado y no pueden ser obligadas a laborar en ese día.
En Costa Rica, se acerca el Día de la Anexión del Partido de Nicoya, que se celebra el martes 25 de julio, y el feriado de pago obligatorio se adelanta al lunes 24 de julio. Además, el 15 de agosto también es un feriado que se traslada al 14 de agosto. Estos feriados tienen como objetivo fomentar la reactivación económica, especialmente en el sector turístico, según lo dispuesto por la Ley 9875.
El Código de Trabajo establece que todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar del feriado y no pueden ser obligadas a laborar en ese día, a menos que estén de acuerdo. Aquellas personas que se opongan a trabajar en el feriado no pueden ser sancionadas, excepto en los casos especificados en los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo.


En cuanto al reconocimiento salarial, las empresas deben cumplir con ciertas regulaciones según su modalidad de pago. Aquellas que realizan pagos semanales en actividades no comerciales deben cancelar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el día feriado. En caso de trabajar en el feriado, el salario adicional debe ser doble.
Por otro lado, las empresas que realizan pagos mensuales, quincenales o semanales en actividades comerciales deben reconocer el salario de todos los días del mes, incluyendo los descansos semanales y feriados. En estos casos, deben pagar el salario completo de la semana, quincena o mes, y agregar el salario de un día sencillo si se trabaja en el feriado, cumpliendo así con el pago doble establecido por la ley.
Es importante tener en cuenta que todos los empleadores, sin importar su naturaleza, deben conceder el día feriado a todas las personas colaboradoras que trabajan en el país. Cualquier acuerdo que implique renunciar al disfrute de los feriados es considerado nulo según el artículo 11 del Código de Trabajo.
Cabe mencionar que el 2 de agosto es un feriado de pago no obligatorio. Aquellas personas que no laboren ese día recibirán el pago de manera normal, mientras que quienes trabajen recibirán un pago doble. Sin embargo, para los trabajadores cuyo salario se paga de forma semanal o por tiempo efectivo, este feriado del 2 de agosto no se les reconocerá, explicó la abogada experta en derecho laboral, María Marta Salazar.
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