Poder Judicial aclara situación sobre homicida de vecino en Escazú
Arresto domiciliario se debe a una intervención quirurgica del sentenciado, de apellidos Ramírez Zamora.
Este 5 de mayo, el Tribunal Penal de Pavas, ordenó la medida cautelar de monitoreo electrónico a un hombre de apellidos Ramírez Zamora, quien se le sentenció por asesinar a su vecino identificado como Otoniel Orozco durante una riña, en junio del 2024.
Anteriormente, Ramírez se encontraba en prisión preventiva, despúes se dictó una resolución para cambiar la medida a arresto domiciliario de una persona condenada por homicidio.
Según el Poder Judicial, la medida responde a razones médicas que fueron avaladas, esto porque el imputado fue sometido a una intervención quirúrgica, por una condición grave. Además, indicó que el sistema penitenciario no puede grarantizar el tratamiento ni atención médica que requiere la recuperación.
Según el Poder Judicial, la medida responde a razones médicas que fueron avaladas, esto porque el imputado fue sometido a una intervención quirúrgica, por una condición grave. Además, indicó que el sistema penitenciario no puede grarantizar el tratamiento ni atención médica que requiere la recuperación.
También aclaró que el arresto domiciliario se cumple en otro domicilio distinto al lugar de los hechos y que se cumplirá hasta el próximo 3 de setiembre, plazo que también vence la medida cautelar de prisión preventiva.


¿Por qué esta sentencia aún no está en firme?
La condena de Ramírez Zamora fue de 20 años y dos meses mediante un proceso abreviado, sin embargo, esta se encuentra en una fase de apelación. Mientras se resuelve el recurso presentado, debe permanecer bajo una medida cautelar.
La condena de Ramírez Zamora fue de 20 años y dos meses mediante un proceso abreviado, sin embargo, esta se encuentra en una fase de apelación. Mientras se resuelve el recurso presentado, debe permanecer bajo una medida cautelar.
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