Salud autoriza traslado excepcional de residuos fuera de la región por hasta dos años
La medida aplicará a municipalidades con excepciones vigentes hasta abril de 2026 y fija un límite máximo de 80 kilómetros para el traslado de residuos sin estación de transferencia.


La medida aplicará únicamente en casos donde no exista un Parque Ambiental disponible, esté en construcción o se encuentre fuera de operación, y para gobiernos locales que ya cuenten con una excepción vigente que vence el 28 de abril de 2026.
Además, la reforma establece un límite claro: el traslado de residuos ordinarios hacia Parques Ambientales no podrá superar un radio de 80 kilómetros desde el punto más lejano del cantón hasta el sitio de disposición final. Si se requiere sobrepasar esa distancia, será obligatorio utilizar una Estación de Transferencia para optimizar el transporte dentro de la misma región.
En la práctica, la decisión busca evitar crisis en la recolección y disposición de basura en cantones que aún no cuentan con infraestructura suficiente. Sin embargo, las autoridades insisten en que se trata de una medida temporal y no de una solución permanente.
La ministra de Salud, Mary Munive, fue enfática en señalar que la reforma no debe interpretarse como una oportunidad para postergar decisiones durante los últimos años de gestión municipal ni para trasladar el problema a la siguiente administración.
“No se trata de tirar la pelota hacia adelante, sino de asumir la responsabilidad y trabajar desde ahora en soluciones reales”, indicó.
El Ministerio de Salud también reiteró el llamado a la Asamblea Legislativa de Costa Rica para aprobar el proyecto del primer biodigestor estatal, iniciativa presentada por el diputado Manuel Morales Díaz y propuesta por el Instituto Costarricense de Electricidad junto con el Ministerio de Salud.
Según las autoridades, este proyecto permitiría avanzar hacia una gestión más sostenible de los residuos, con potencial aprovechamiento energético y menor impacto ambiental.
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